SRI y normativa
Comprobantes de retención: guía básica para PYMES
Un comprobante de retención es el documento con el que un agente de retención deja constancia de que retuvo una parte de un pago para adelantarla al SRI, a nombre de quien recibe el pago. Se usa para retenciones del Impuesto a la Renta y del IVA. Lo retenido se declara cada mes: las retenciones del Impuesto a la Renta en el Formulario 103 y las del IVA en el Formulario 104, según el noveno dígito del RUC.
Qué es un comprobante de retención
Cuando pagas a un proveedor, en ciertos casos la ley te obliga a retener un porcentaje de ese pago y entregarlo al SRI a nombre del proveedor, como anticipo de los impuestos que él tendrá que pagar. El comprobante de retención es el documento electrónico que respalda esa operación: dice cuánto le retuviste y por qué concepto.
Para tu proveedor no es una pérdida: ese valor retenido le sirve como crédito a su favor en su propia declaración. Por eso es importante entregárselo.
¿Quién debe emitir retenciones?
No toda PYME es agente de retención; depende de tu condición ante el SRI:
- Para el Impuesto a la Renta, actúa como agente de retención toda sociedad o persona natural obligada a llevar contabilidad que pague o acredite rentas gravadas.
- Para el IVA, retienen los agentes de retención calificados y los contribuyentes especiales, en las adquisiciones gravadas con una tarifa distinta de 0 %.
Si no estás en ninguno de esos supuestos, probablemente no debas emitir retenciones. Ante la duda, confírmalo con tu contador o en el SRI.
Qué se retiene: Renta e IVA
Hay dos tipos principales de retención, y se calculan por separado en el comprobante: la retención del Impuesto a la Renta y la retención del IVA (en operaciones específicas también existe la del ISD, por salida de divisas). Los porcentajes los fija la normativa vigente del SRI y varían según el concepto, así que conviene confirmarlos con tu contador o en el SRI, no de memoria.
Cuándo se emite y se entrega
La retención se efectúa en el momento del pago o del crédito en cuenta, lo que ocurra primero. Y el comprobante de retención debe entregarse en un plazo no mayor a 5 días de recibido el comprobante de venta del proveedor.
Dónde se declara lo retenido
Aquí hay una confusión muy común que conviene aclarar: las retenciones no van todas en el mismo formulario. Se declaran y pagan cada mes, por separado:
El plazo mensual sigue el noveno dígito del RUC, igual que el resto de declaraciones; los contribuyentes especiales tienen sus propias fechas. Las verás con detalle en la guía del calendario tributario.
Comprobantes de retención electrónicos autorizados por el SRI, con los códigos y porcentajes que tú configuras, y envío automático al proveedor. Lo activas desde Configuración solo si tu categoría en el SRI lo requiere.
Ver el módulo de RetencionesEn resumen
- El comprobante de retención respalda lo que retienes de un pago para el SRI.
- Lo emiten los agentes de retención (no toda PYME lo es).
- Se retiene Renta e IVA, calculados por separado, con porcentajes de la normativa vigente.
- Se declara: Renta en el Formulario 103, IVA en el Formulario 104, cada mes.
- Servicio de Rentas Internas (SRI) — Retenciones en la fuente
- Servicio de Rentas Internas (SRI) — Instructivo del Formulario 103 (retenciones de Renta) e Instructivo del Formulario 104 (IVA).